EL DELITO DE IMPAGO DE PENSIÓN ALIMENTICIA PUEDE SER UN TIPO DE VIOLENCIA ECONÓMICA
El delito de impago de pensión alimenticia, puede configurarse como un tipo de violencia de económica, por dejar a los hijos en estado de necesidad.
El incumplimiento de esta obligación, moral y judicial, deja a los propios hijos en un estado de necesidad en el que, ante su corta edad, y carencia de autosuficiencia, necesitan de ese sustento alimenticio del obligado a prestarlos, al provenir este impago se produce el incumplimiento del obligado a prestarlos, ello exige al progenitor que los tiene a su cargo a llevar a cabo un exceso en su esfuerzo de ciudad y atención hacia los hijos, privándose de atender sus propias necesidades.
Por tanto, se produce una doble víctima, en primer lugar los hijos como necesitados de los alimentos que no reciben y por otro lado sobre el progenitor que debe sustituir al obligado.
Carlos Santiago Sacristán
Abogado