¿Qué pasa con las mascotas en caso de Separación o Divorcio?

Con frecuencia en casos de separación o divorcio los animales de la unidad familiar suele ser tema de confrontación. En estos casos siempre los mas aconsejable es intentar alcanzar un acuerdo entre las partes, sabiendo que nuestras mascotas son un miembro más de la familia, sin embargo esto no es siempre posible siendo necesario regularlo dentro del procedimiento judicial.

Actualmente la regulación del Código Civil entiende a los animales como un bien más del matrimonio, por lo que puede ser reclamado como cualquier otro bien o incluso ser compartido por ambos, salvo en el supuesto de encontrarnos que era propiedad de uno de ellos con anterioridad al matrimonio, en este último caso el otro miembro no tendrá ningún derecho sobre la mascota.

Si la mascota llego a la familia durante el matrimonio podemos encontrarnos ante dos escenarios. Si se trata de un matrimonio realizado bajo el régimen de gananciales, se  puede adoptar la custodia tanto exclusiva como compartida, en este caso, se regulará un régimen de visitas del animal, así como se determinará la persona que cuidará de él en adelante, y en el caso de ser compartida los periodos que le corresponden a cada uno. Otra poción sería, optar por custodia única, en este caso el animal pasará a ser propiedad de solo una de las partes y tendrá que indemnizar a su ex pareja por la perdida de los derechos de custodia y disfrute del animal.

Si el matrimonio se produjo bajo el régimen de separación de bienes, la custodia del animal será para la persona que lo adquirió incluso si ocurrió durante el matrimonio, siendo necesario acreditar mediante documentos que la mascota se encuentra a su nombre.

En el caso de matrimonios con hijos la situación llegar a ser un poco diferente, dado que son los menores los que suelen tener mayor apego a las mascotas y pasar mas tiempo con ellos, la mascota se quedará con las persona que tenga la custodia de los menores, de  forma no se separa a los menores de la mascota de la unidad familiar.

Anabel Coya

Carlos Santiago

Parentas Asociados

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